El Juzgado Nacional del Trabajo N°10 intimó al Ministerio de Capital Humano a explicar en tres días por qué no se convocó al organismo que fija el salario mínimo vital y móvil. La acción de las centrales sindicales advierte sobre la vulneración del diálogo social y los derechos laborales de millones de trabajadores.
La Justicia laboral puso bajo presión al Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, al exigir que informe en un plazo de tres días las razones por las cuales no se convocó al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. La medida surge de una acción cautelar presentada por la CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores, que denuncian la inacción del Ministerio durante más de seis meses, incumpliendo el mandato legal de reuniones bimestrales.
El Consejo del Salario es un organismo tripartito esencial para garantizar que los trabajadores reciban un salario mínimo conforme a los estándares constitucionales e internacionales. Según la demanda, el retraso en su convocatoria afecta directamente la vida de millones de trabajadores, vulnera derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en la Ley de Contrato de Trabajo, y contraviene convenios de la OIT sobre diálogo social.
“Hablamos de un derecho fundamental: los trabajadores no pueden esperar indefinidamente a que el Estado cumpla con su obligación de convocar al Consejo. Sin esta instancia, no hay manera de garantizar un salario mínimo vital y móvil que asegure condiciones dignas de vida”, afirmó Hugo “Cachorro” Godoy, secretario general de la CTA Autónoma. Su par de la CTA de los Trabajadores, Hugo Yasky, agregó: “El salario mínimo fijado unilateralmente por la resolución 5/2025 no cumple con la legalidad ni con los estándares internacionales. La justicia interviene para restablecer un diálogo que el Gobierno ha dilatado por meses”.
El impacto de esta inacción es tangible: el salario mínimo actual no garantiza cubrir las necesidades básicas de los trabajadores, ni respeta los mecanismos de negociación previstos por la ley. Las centrales sindicales advierten que, además del aspecto económico, la demora afecta la participación democrática en la toma de decisiones laborales, debilitando la voz de los trabajadores frente al Estado y los empleadores.
Con esta decisión, el Juzgado Nacional del Trabajo N°10 coloca al Ministerio bajo la obligación de rendir cuentas, enviando un mensaje claro: la gestión del salario mínimo es una cuestión de política pública y de justicia social, no un trámite administrativo. El fallo subraya que el cumplimiento de los plazos y la convocatoria del Consejo es fundamental para preservar la institucionalidad del diálogo tripartito y la equidad en la distribución de ingresos.
Para las centrales sindicales, la intervención judicial es un paso crucial en la defensa de la dignidad laboral. La medida no solo reclama la actualización del salario mínimo, sino que también exige la garantía de participación y control de los trabajadores en los procesos que definen sus condiciones de vida. “Se trata de derechos que no pueden ser postergados ni delegados: el salario mínimo vital y móvil es la base de la justicia social en nuestro país”, concluyeron Godoy y Yasky.