Organizaciones civiles exigen transparencia, participación ciudadana y criterios objetivos en el proceso.
Tras más de 16 años de vacancia, el Congreso nacional inició formalmente el proceso para designar a la persona que ocupará la titularidad de la Defensoría del Pueblo de la Nación, un organismo clave para la protección de los derechos humanos y el control de los actos del Estado. La decisión llega en un contexto en el que organizaciones de la sociedad civil reclamaron que la elección se realice de manera transparente, participativa y con criterios objetivos.
Un conjunto amplio de entidades, entre ellas la AABA, Amnistía Internacional Argentina, ACIJ, ADC, CELS, CAREF, Democracia en Red, Directorio Legislativo, FARN, Fundación Huésped, FUNDEPS, Fundación Sur, Innocence Project Argentina, INECIP, Poder Ciudadano y Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad, presentó una carta dirigida a las y los miembros de la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría del Pueblo. En el texto, celebran el inicio del procedimiento y destacan la relevancia institucional de la figura del Defensor del Pueblo.
“Después de tantos años de vacancia, resulta indispensable que el Congreso avance en un procedimiento abierto, con participación ciudadana y reglas claras que garanticen la idoneidad técnica y moral de la persona designada”, afirmó Juan Pablo Zanetta, presidente de la AABA. Para las organizaciones, el titular de la Defensoría debe cumplir con estándares de idoneidad técnica, independencia y trayectoria en la defensa de los derechos humanos, más allá de los requisitos mínimos establecidos por la Ley 24.284.
Entre las recomendaciones presentadas, las entidades proponen: publicidad amplia de la convocatoria y del cronograma, acceso público a la información de las candidaturas –incluyendo antecedentes, declaraciones juradas y certificados de antecedentes–, mecanismos de participación ciudadana como impugnaciones, observaciones y audiencias públicas, y criterios claros de evaluación que prioricen la idoneidad, independencia y compromiso con los derechos humanos.
La Ley 24.284 establece que la persona designada debe ser argentina, nativa o por opción, y tener al menos 30 años. Sin embargo, las organizaciones remarcan que la magnitud de esta función exige un cumplimiento más estricto de estándares éticos y profesionales, así como independencia frente a los poderes del Estado.
La designación del Defensor del Pueblo constituye un paso clave para consolidar la protección de los derechos de la ciudadanía y fortalecer la institucionalidad democrática. Tras más de una década y media de vacancia, la expectativa recae en que el proceso contemple las recomendaciones de la sociedad civil, asegurando un liderazgo que garantice la defensa de los derechos humanos y el control efectivo del poder público.