Un fallo judicial hizo lugar a la cautelar presentada por ATE Capital y suspendió la aplicación obligatoria de la “Hoja de Ruta Electrónica” y su articulación con FICHE. El sindicato denunció un mecanismo de control y vigilancia sobre les estatales porteños.
La Justicia resolvió hacer lugar a la medida cautelar impulsada por ATE Capital y ordenó suspender la implementación obligatoria del sistema de geolocalización denominado “Hoja de Ruta Electrónica”, así como su vinculación con el sistema FICHE para las y los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La resolución alcanza a la totalidad de les estatales afectados por esta herramienta de control impulsada por la administración porteña.
Desde el sindicato señalaron que el fallo representa un freno a mecanismos de vigilancia que avanzaban sobre derechos elementales de las y los trabajadores, particularmente en materia de privacidad, condiciones laborales y libertad sindical. La cautelar constituye además un antecedente relevante frente al crecimiento de dispositivos tecnológicos utilizados por distintos gobiernos para monitorear y disciplinar a empleados estatales bajo criterios de productividad y control permanente.
ATE Capital venía denunciando que la llamada “Hoja de Ruta Electrónica” implicaba un esquema de seguimiento en tiempo real sobre los desplazamientos y tareas de trabajadores y trabajadoras del GCBA, sin garantías claras respecto del uso de la información recolectada ni límites precisos sobre el tratamiento de datos personales. La organización sindical sostuvo que la medida vulneraba derechos constitucionales y habilitaba formas de vigilancia incompatibles con el ejercicio libre de la actividad laboral.
El conflicto se inscribe además en un escenario más amplio de tensión entre el Gobierno porteño y los gremios estatales por las condiciones de trabajo, los procesos de digitalización y las políticas de control implementadas en distintas áreas de la administración pública. En ese marco, desde ATE Capital remarcaron que el avance de tecnologías de monitoreo sobre empleados públicos no puede desarrollarse por fuera de convenios colectivos, marcos regulatorios y garantías democráticas básicas.
La resolución judicial fue celebrada por el sindicato como una victoria colectiva construida a partir de la organización gremial y la acción judicial. “Este fallo representa un paso importante en la defensa de la privacidad, los derechos laborales y la libertad de las y los estatales frente a mecanismos de vigilancia impulsados por el Gobierno de la Ciudad”, expresaron desde la organización.
El fallo abre ahora una nueva discusión sobre los límites del control estatal sobre sus trabajadores y sobre el uso de herramientas tecnológicas en el ámbito laboral. Mientras el Ejecutivo porteño promovía el sistema como una modalidad de seguimiento administrativo, la decisión judicial volvió a poner en el centro del debate la protección de derechos fundamentales frente al avance de dispositivos de control cada vez más invasivos.