Comercio acordó un 5,7% y una suma de $50.000

La revisión salarial se distribuirá entre octubre y diciembre, mientras que el pago extraordinario llegará en dos cuotas y la negociación volverá a abrirse en enero.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresarias del sector acordaron una recomposición salarial del 5,7% para octubre, noviembre y diciembre de 2026, junto con una suma extraordinaria de 50.000 pesos. El entendimiento fue informado el martes 27 de octubre y comprende las escalas del convenio colectivo 130/75. Los incrementos se abonarán en tres tramos del 1,9%, y las partes volverán a reunirse en enero de 2027 para evaluar la evolución económica.

El acuerdo fue suscripto por la representación sindical y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA). Según el comunicado empresario, el incremento porcentual tiene carácter remunerativo y no acumulativo. Para calcularlo se tomarán las remuneraciones básicas de septiembre de 2026, junto con las sumas no remunerativas vigentes en ese mes.

El cronograma establece un primer tramo del 1,9% desde octubre, otro del mismo porcentaje desde noviembre y un tercero desde diciembre. El total del 5,7% se completa, por lo tanto, al finalizar el trimestre: no se incorpora íntegramente con el primer sueldo. Como los tramos no son acumulativos, cada uno se calcula sobre la misma base y no sobre el resultado del aumento anterior.

En términos de esa base de cálculo, la recomposición porcentual llega al 1,9% en octubre, al 3,8% en noviembre y al 5,7% en diciembre. Esa secuencia permite distinguir el porcentaje anunciado para todo el período de lo que corresponde a cada mes. El importe concreto dependerá de la escala aplicable a cada trabajador y no puede traducirse en un único salario para toda la actividad.

Por separado, las partes pactaron una suma extraordinaria de 50.000 pesos, de carácter no remunerativo y por única vez. Se abonará en dos cuotas de 25.000 pesos: una junto con el sueldo de octubre y otra con el de noviembre. El comunicado no prevé una tercera cuota de ese pago para diciembre.

La diferencia entre ambos componentes resulta central para comprender el alcance del acuerdo. La recomposición porcentual tiene carácter remunerativo y se completa progresivamente durante el trimestre, mientras que los 50.000 pesos constituyen un ingreso extraordinario repartido entre dos liquidaciones. El pago excepcional no equivale a una incorporación mensual permanente de ese monto.

La revisión establece vigencia desde el 1° de octubre, aunque su anuncio se produjo hacia el cierre del mes. El calendario acordado incluye así a octubre dentro del período de recomposición. La comunicación de CAME no incorpora una fecha específica de homologación, por lo que corresponde distinguir la firma entre las partes de la aprobación administrativa.

La próxima reunión quedó comprometida para enero de 2027, con el objetivo de analizar las variaciones económicas que se produzcan. La cláusula mantiene abierta la negociación, pero no establece de antemano otro porcentaje ni una actualización automática. La evolución del poder adquisitivo durante estos meses deberá evaluarse con los ingresos efectivamente percibidos y los precios del mismo período.

El texto también contempla una precisión para Río Grande, en Tierra del Fuego: los incrementos no son vinculantes para las negociaciones salariales que puedan suscribirse en esa ciudad. A la vez, indica que los montos resultantes del entendimiento constituirán el mínimo convencional a partir de su homologación. Esa salvedad preserva la posibilidad de acuerdos específicos en el ámbito local.

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Redacción general del portal.

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